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4. REGLAMENTO Y MANUAL DE TITULACIÓN

Reglamento de Becas

REGLAMENTO DE BECAS

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

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Artículo 1. El presente reglamento tiene por objeto regular el otorgamiento, renovación, terminación suspensión y cancelación de becas para los estudiantes del Centro Educativo UNIPEM.

 

Artículo 2. El centro Educativo UNIPEM otorgará becas de acuerdo al número de matrícula.

 

Artículo 3. Para efectos del presente Reglamento, se entiende por beca el apoyo económico para que el estudiante pague el porcentaje que se asigne menos de mensualidad.

 

Artículo 4. El Centro Educativo UNIPEM, el programa de becas persigue los siguientes propósitos:

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   I.       Proporcionar apoyo con un porcentaje en la mensualidad a los estudiantes cuya situación económica sea adversa;

   II.      Distinguir el desempeño académico sobresaliente de los estudiantes;

   III.     Fomentar la eficiencia terminal.

 

Artículo 5.  Para otorgar becas, el Centro Educativo UNIPEM; considerará.

 

   I.       La revisión exhaustiva de las solicitudes y propuestas;

   II.      La matrícula escolar activa;

   III.     El porcentaje de becas correspondiente a cada programa.

 

Artículo 6. Los estudiantes sólo podrán ser beneficiarios de beca durante una ocasión, es decir no puede haber continuidad de beca en los niveles educativos subsecuentes a la beca que se le ha otorgado.

 

Artículo 7. Las becas solo podrán otorgarse en el mes de septiembre a los estudiantes de nuevo ingreso en cualquiera de los programas educativos, no se otorgarán a partir de segundos cuatrimestres o semestres.

CAPÍTULO II

DE LA COMISIÓN DE BECAS

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Artículo 8. La Comisión de Becas será la encargada de dictaminar las solicitudes de beca, respetando siempre los requisitos establecidos por la Secretaría de Educación en el Estado.

 

Artículo 9. La Comisión de Becas está integrada por:

 

   I       El Director(a) del Centro Educativo UNIPEM;

   II.     El/la Subdirectora Administrativo;

   III.    El/la Subdirectora de Planeación;

   IV.    El/la Coordinadora de cada programa educativo;

   V.     Un estudiante por programa.

 

Artículo 10. La Comisión de Becas se reunirá periódicamente para autorizar las becas  en todo momento que se requiera.

 

Artículo 11. Las funciones de la Comisión de Becas son las siguientes:

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   I.       Analizar las solicitudes de becas y la documentación anexa;

   II.      Verificar que se cumplan los requisitos normativos del reglamento de becas;

   III.     Realizar el estudio socioeconómico;

   IV.     Solicitar a Control Escolar el desempeño de los estudiantes;

   V.      Dictaminar las becas que se autoricen de acuerdo a la normatividad marcada por la Secretaría de Educación en el Estado;

   VI.     Adecuar el programa de becas de acuerdo a la disponibilidad del porcentaje de matrícula;

   VII.    Suspender las becas en caso de que los estudiantes Incurran alguna indisciplina tomando en cuenta los Artículos 21 y 22 del Reglamento Estudiantil del Centro Educativo UNIPEM;

   VII.    Dar cumplimiento de sus funciones de acuerdo a lo requerido en dicha comisión.

CAPÍTULO III

REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DE BECAS

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Artículo 12. Los interesados que aspiren a una Beca Académica en el Centro Educativo UNIPEM, deben cumplir con los siguientes requisitos:

 

   I.       Estar debidamente inscritos en la Institución como alumno de nuevo ingreso a alguna carrera;

   II.      Tener un promedio mínimo de 9 del nivel educativo anterior, el cual deberá comprobar mediante un documento como certificado o constancia de estudios;

   III.     Llenar la solicitud, anexando los siguientes documentos.

       -     Boleta Oficial de calificaciones o Certificado de Terminación de estudios del nivel escolar inmediato anterior.

       -     Identificación oficial INE o en su defecto de no tenerla del padre, madre o tutor.

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   IV.     Proporcionar la información que se solicite respecto de otros apoyos que reciba;

   V.      Firmar carta compromiso;

   VI.     La beca sólo aplica para mensualidades o colegiaturas, para inscripción y reinscripción se tendrá que hacer el pago al 100%;

   VII.    El estudiante está obligado a mantener un promedio de 9, como una actitud y conducta idónea durante toda su carrera para estar renovando su beca de manera cuatrimestral o semestral;

   VIII.   Como corresponsabilidad del estudiante deberá participar en las actividades académicas, deportivas, culturales de servicio social que la Institución le asigne;

   IX.     Las becas no son transferibles de un nivel a otro, ni a familiares, ni de Institución a Institución;

   X.      La beca procede hasta que se le notifique el resultado de acuerdo a la asignación de beca y porcentaje por parte de la Secretaría de Educación en el Estado (SEE), mientras no haya firmado la carta compromiso de beca deberá cumplir con los pagos establecidos de su carrera al 100%.

 

Artículo 13. Los interesados en obtener una Beca Institucional deben cumplir con los mismos requisitos que la Beca Académica, los requisitos son los siguientes requisitos:

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   I.       Se otorga a los alumnos que son hermanos y cursen estudios en el Centro Educativo UNIPEM;

   II.      Esta se otorga al hermano que se encuentre en el cuatrimestre o semestre más avanzado;

   III.     No procede en caso de que alguno de los hermanos tenga beca Académica en el cuatrimestre o semestre que curse.

CAPÍTULO IV

PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCIÓN DE BECAS

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Artículo 14. El otorgamiento de becas en el Centro Educativo UNIPEM se inicia con la publicación de la convocatoria solamente al inicio de cada ciclo escolar.

 

Artículo 15. Las solicitudes para el otorgamiento de becas se presentarán por escrito ante la comisión de becas en los términos señalados en el reglamento de becas y en la convocatoria.

 

Artículo 16. La Comisión de Becas revisará que las solicitudes cumplan con los requisitos establecidos en el reglamento y emitirá su resolución dentro de los 60 días siguientes a la publicación de la convocatoria.

 

Artículo 17. La Comisión de Becas avisará a los estudiantes beneficiados en un plazo no mayor a 20 días hábiles a partir de la dictaminación de las solicitudes.

 

Artículo 18. La Comisión de Becas estará en todo momento haciendo el seguimiento del desempeño académico del estudiante con un promedio mínimo de 9 o se cancelará la beca.

 

Artículo 19. En caso de que un estudiante que tenga beca solicite su baja temporal o definitiva, en ningún momento se puede asignar a otro estudiante que proponga ya que hay que cumplir con los requisitos en el siguiente reglamento.

CAPÍTULO V

DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS BECARIOS

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Artículo 20. Los alumnos que tengan una beca tienen los siguientes derechos:

 

   I.       En todo momento el Centro Educativo UNIPEM debe hacer el descuento en las mensualidades de acuerdo al porcentaje en la carta compromiso;

   II.      Recibir la información para la renovación de su beca.

 

Artículo 21. Las obligaciones que tendrán los estudiantes becarios son:

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   I.       Firmar su carta compromiso cuando se le avise o será revocada;

   II.      Cumplir con el promedio mínimo de 9;

   III.     Participar en las actividades académicas, deportivas, culturales de Servicio Social que la Institución le asigne;

   IV.     Pagar en tiempo y forma el porcentaje de mensualidad que le corresponda, así como el 100% de la inscripción y reinscripción.

CAPÍTULO VI

DE LA TERMINACIÓN, SUSPENSIÓN Y CANCELACIÓN DE BECA

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Artículo 22. Las becas que otorga el Centro Educativo UNIPEM, se terminarán:

 

   I.       Cuando egresen los estudiantes del programa educativo para la que fue asignada la beca;

   II.      Por renuncia del becario;

   III.     Por baja del estudiante;

   IV.     Estudiantil del Centro Educativo UNIPEM;

   V.      Por muerte del becario.

 

Artículo 23. Las becas que otorga el Centro Educativo UNIPEM, se suspenderán por:

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   I.       Por faltas de indisciplina de acuerdo a los artículos 21 y 22 del Reglamento Estudiantil;

   II.      Por solicitud de la Comisión de Becas debidamente justificada;

   III.     Por interrupción de los estudios;

   IV.     Por inasistencia de acuerdo al reglamento estudiantil;

   V.      Por solicitud de los alumnos;

   VI.     Por dejar de cumplir los requisitos para su otorgamiento;

   VII.    Por no cumplir con el promedio de 9;

   VIII.   No cumplir con sus obligaciones de acuerdo al reglamento de becas.

 

Artículo 24. El presente reglamento tiene anexa la solicitud para la beca académica (ver anexo 1) y la Beca Institucional (ver anexo2).

 

 

TRANSITORIOS

 

Artículo1º. El presente Reglamente entrará en vigor el 31 de Enero de 2018.

 

Artículo 2º. Los casos no previstos en este Reglamento serán resueltos por la Comisión y quien ella designe.

ANEXOS

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¡La Educación es nuestra pasión!

cap 1
cap 2
cap 3
cap 5
cap 4
cap 6
nexos
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